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Acuerdos del diálogo Gobierno Nacional - CONAIE

Palacio de Carondelet, Quito, 5 de octubre de 2009

Dirigencia de la Conaie durante el diálogo (Foto: Conaie)

Artículo 1.- Institucionalizar el diálogo permanente con la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador CONAIE, sus tres filiales regionales: ECUARUNARI, CONFENIAE y CONAICE, y demás pueblos y nacionalidades, para impulsar de manera conjunta la concreción de los principios constitucionales, y en especial el Estado Plurinacional e Intercultural, así como la agenda propuesta por las organizaciones.

Artículo 2.- El diálogo se articulará a través de una comisión de alto nivel con delegados de las organizaciones y del gobierno. Por parte del gobierno, se encarga a la Secretaria de Pueblos y Participación Ciudadana y participará el Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador CODENPE y los diversos ministerios y entidades del gobierno según la temática. Esta comisión tendrá un cronograma y un plan de trabajo y mecanismos claros de seguimiento y rendición de cuentas de los avances del proceso.

Para asegurar su adecuado funcionamiento el Gobierno garantizará los recursos institucionales, humanos y materiales que se requieran

Artículo 3.- Se fortalecerá la educación intercultural bilingüe y sus autoridades en los niveles nacional y provincial serán electas por concurso de oposición y méritos entre miembros de las nacionalidades y pueblos, para lo cual lo cual se encarga al Ministro de Educación, realizar los cambios en su institucionalidad y de ser necesario deberá derogarse el decreto 1585 publicado en el Registro Oficial 539 del 3 de marzo del 2009.

Asimismo se incluirá en la Ley de Educación el articulado referente a la educación intercultural bilingüe.

Artículo 4.- Se conformará una Comisión Mixta para construir los consensos en torno a la Ley de Aguas en base a los proyectos en discusión actualmente en la Asamblea nacional: el presentado por el Ejecutivo y el presentado por la CONAIE. Esta discusión se llevará a la respectiva Comisión Legislativa de la Asamblea Nacional y se recomendará que la presida el titular de la Asamblea.

Artículo 5.- Encargar a la Comisión de la Verdad, creado por el Decreto Ejecutivo Nro 305, publicado en el Registro Oficial Nro 87 de 18 de mayo de 2007, la investigación de las causas y responsables de la muerte del ciudadano shuar Bosco Wisum, ocurrida el miércoles 30 de septiembre de 2009, en la provincia de Morona Santiago: y el contenido de los mensajes emitidos por personas en esa provincia, para determinar si sus contenidos incitaron a la violencia durante la semana del levantamiento indígena y establecer las responsabilidades del caso.

A esta comisión se integrarán dos delegados de la CONAIE y dos delegados del Gobierno, para este fin.

Artículo 6.- Analizar las reformas a la Ley de Minería, a presentarse por la CONAIE, para lo cual se creará una comisión de análisis conformada por ambas partes.

Estos contenidos se formalizarán en un decreto ejecutivo.

Firman:

Por el Gobierno Nacional:

Por la CONAIE:

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