Pronunciamiento de las organizaciones de DDHH del Ecuador ante la obstrucción de EEUU a la Corte Penal Internacional




Asamblea Permanente de Derechos Humanos del Ecuador (APDH)

Quito, 19 de septiembre de 2002




Dr. Heinz Moeller Freile
Ministro de Relaciones Exteriores
República del Ecuador




Señor Ministro:

En esta nueva oportunidad nos dirigimos a usted para llamar su atención y, de manera especial, expresarle nuestra profunda preocupación sobre la campaña mundial que en estos momentos emprende el Gobierno de los Estados Unidos de América con la finalidad de persuadir a otros Estados, incluido el Ecuador, para que firmen acuerdos de impunidad mediante los cuales se pretende impedir que ciudadanos estadounidenses acusados de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra puedan ser entregados a la Corte Penal Internacional (CPI).

Como usted conoce, el 17 de julio de 1998, la comunidad internacional realizó un esfuerzo decidido para poner fin a la impunidad al adoptar el Estatuto de Roma que establece la Corte Penal Internacional (CPI). 120 de los 148 países presentes votaron a favor del Estatuto, sólo siete votaron en contra y 21 se abstuvieron. Hasta hace pocas semanas cerca de ochenta Estados han ratificado el Estatuto y, seguramente, muchos más signatarios lo harán antes del 1° de diciembre, a fin de participar en la elección de los jueces y el fiscal. Sin duda alguna, la creación de la Corte Penal Internacional (CPI) es un logro de enormes implicaciones no sólo para el Imperio de la Ley sino para la justicia universal y los derechos humanos.

No obstante, según conocemos, el Gobierno de los Estados Unidos de América está decidido a obstruir el establecimiento de la Corte. Tal es así, que Otto Reich, Secretario de Estado adjunto para Asuntos del Hemisferio Occidental, ha declarado públicamente que su Gobierno procura "acuerdos bilaterales, conforme al mismo Estatuto de Roma, con tantos países como sea posible". Desafortunadamente, estos acuerdos bilaterales a los que hace referencia este alto funcionario del Departamento de Estado son los denominados "acuerdos del artículo 98", por los que se les exige a otros Estados que devuelvan a los Estados Unidos de América a todos los ciudadanos estadounidenses buscados por la Corte en lugar de entregarlos a la Corte Penal Internacional (CPI).

Quienes suscribimos este llamamiento, señor Ministro, consideramos que los acuerdos estadounidenses de impunidad son contrarios al artículo 98.2 del Estatuto de Roma y al derecho internacional. Estamos convencidos/as que su objetivo es proveer de total impunidad a los ciudadanos estadounidenses y otras personas protegidas por esos acuerdos y, además, es contrario al propósito de los Convenios sobre el Estatuto de las Fuerzas (CEF), acuerdos de los que el artículo 98.2 pretende ocuparse.

En tal sentido, las organizaciones que suscribimos esta petición le exhortamos a transmitir urgentemente al señor Presidente de la República, Gustavo Noboa Bejarano, quien se encuentra participando en el 57° período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones, en la ciudad de Nueva York, las siguientes recomendaciones:

  1. El Ecuador, Estado Parte en el Estatuto de Roma, no debe firmar ni celebrar ningún acuerdo de impunidad con los Estados Unidos de América, así como tampoco negarse a detener y entregar a personas acusadas por la Corte Penal Internacional (CPI), puesto que se estarían violando las obligaciones contraídas en virtud del principio de complementariedad (Preámbulo, artículos 1 y 17) y conculcando la obligación que tiene de cooperar con la Corte (artículos 27, 86, 87, 89 y 90).


  2. El Ecuador, Estado Signatario del Estatuto de Roma, no debe firmar ni celebrar acuerdos de impunidad con los Estados Unidos de América porque no sólo estaría actuando de forma contraria al objeto y al propósito del Estatuto sino que estaría violando las obligaciones que tiene contraídas en virtud del derecho internacional que gobierna los tratados.


  3. El Ecuador, Estado Parte fundador de la Corte Penal Internacional (CPI), de ninguna manera, debe aceptar el empleo por parte del Gobierno estadounidense de la "ley de protección de militares americanos", conocida por sus siglas en inglés como ASPA (American Servicemember's Protection Act), en vigor desde el 2 de agosto del 2002, como método de presión en las negociaciones para alcanzar un acuerdo del artículo 98, porque constituye un esfuerzo para intimidar a los países que apoyan a la Corte, mediante la prohibición de asistencia militar estadounidense a países que ratifiquen el Estatuto de Roma.


Le animamos, señor Ministro, a plantear este complejo tema a otros Estados Partes, en especial a aquellos que conforman el Grupo Latinoamericano (GRULAC), y a desarrollar una estrategia conjunta para respaldar a la Corte en esta etapa decisiva.

Atentamente,



Se manda copia a:

Presidencia de la Comisión de Asuntos Internacionales y Defensa Nacional del H. Congreso Nacional.
Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del H. Congreso Nacional.
Subsecretaría de Relaciones Multilaterales, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Dirección General de Derechos Humanos, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Representación Permanente del Ecuador ante las Naciones Unidas en.Nueva York.
Coalición por la Corte Penal Internacional, CCPI (Nueva York).





ENTIDADES FIRMANTES:

Alexis Ponce, Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH del Ecuador)

Francisco López Bermúdez, Auditoría Democrática Andina

Patricio Pazmiño Freire, Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES)

Susana Peñafiel Acosta, Centro de Documentación en Derechos Humanos "Segundo Montes Mozo" (CSMM)

Ximena Gudiño, Colectivo Pro Derechos Humanos (PRODH)

Edison Játiva, Comisión de Solidaridad y Derechos Humanos de Imbabura (COSDHI)

Elsie Monge, Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU)

Fernando Gutiérrez, Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH)

Mónica Cevallos, Coordinadora Política de Mujeres Ecuatorianas (CPME)

Ana María Granja, Defensa de los Niños-Internacional, DNI-Ecuador

Ana Lucía Herrera, Feministas por la Autonomía

Patricio Benalcázar Alarcón, Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH)

Pablo A. de la Vega M., Grupo de Trabajo sobre Niños/as en Conflictos Armados

Fidel Narváez, Plataforma Interamericana de DDHH, Democracia y Desarrollo (PIDHDD, Capítulo Ecuador)

Luis Túpac Yupanqui S. J., Servicio Jesuita a Refugiados (SJR-Ecuador)

Jhonny Jiménez, Servicio, Paz y Justicia (SERPAJ-Ecuador)






 
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